dom. Nov 24th, 2024

 

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, que el presidente Andrés Manuel López Obrador debe eliminar o modificar seis conferencias matutinas de los días 7, 11, 12,13 y 22 de marzo, así como la del 1 de abril, por la presunta vulneración al principio de equidad e imparcialidad en la contienda, actos anticipados de campaña y uso indebido de la pauta, en el marco del Proceso Electoral Federal 2024, según las denuncias presentadas por el PAN y PRD. La Comisión de Quejas, que preside la consejera electoral Claudia Zavala, hizo nuevamente un llamado al jefe del Ejecutivo y al gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García, a actuar apegados a la Constitución. El PAN y de PRD, respectivamente, denunciaron a López Obrador y a diversos funcionarios públicos, por manifestaciones realizadas en las conferencias de prensa matutinas que “buscan influir en las preferencias electorales de la ciudadanía en favor del partido político Morena y de su candidata a la Presidencia de la República, Claudia Sheinbaum”. Las denuncias se enfocaron en advertir que los discursos emitidos en esas conferencias vulneran el principio de equidad e imparcialidad del proceso electoral. En la medida cautelar ordenada por la Comisión se reiteró el llamado al presidente López Obrador de abstenerse de abordar temas de carácter electoral, y subrayó que el jefe del Ejecutivo y el gobernador veracruzano deben eliminar o editar todo tipo de contenido de las citadas mañaneras. “Se ordenó a los mandatarios realizar las acciones y gestiones necesarias para eliminar o modificar, de cualquiera plataforma oficial, las publicaciones que contengan los audiovisuales y/o versiones estenográficas de las conferencias motivo de análisis. Asimismo, el órgano colegiado consideró oportuno reiterar al Ejecutivo Federal abstenerse, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, así como de difundir propaganda gubernamental distinta a la exceptuada por el artículo 41 constitucional, Base III, apartado C, y 21 de la Ley General de Comunicación Social”, indicó el INE en un comunicado.

 

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