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Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes, por seis votos contra tres, que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer como criterio único para cuantificar indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad, desplazando al salario mínimo como base de cálculo.

La mayoría de los ministros votaron a favor del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres. A favor de fijar la UMA como criterio único se pronunciaron Hugo Aguilar, Lenia Batres, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero. En contra de que existiera una contradicción de criterios y, por ende, de la posibilidad de que los jueces fijen los salarios mínimos como método de cálculo, votaron Loretta Ortiz, Yasmin Esquivel e Irving Espinosa.

Esta resolución pone fin a la contradicción de criterios 59/2025, la cual había sido pospuesta en tres ocasiones por el pleno de la Corte. El debate surgió porque la extinta Segunda Sala asumía como base para calcular la indemnización la UMA, mientras que la Primera Sala sostenía que debía utilizarse el salario mínimo para dicha determinación.

La ministra María Estela Ríos afirmó estar a favor de resolver la contradicción al señalar que “subyace una misma cuestión jurídica, la determinación del parámetro válido para cuantificar la indemnización por muerte conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal”. Por su parte, las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel, junto con el ministro Irving Espinosa, declararon no compartir la existencia de la contradicción, argumentando que las diferencias derivaban de normas y elementos diversos analizados por cada Sala.

En su proyecto, la ministra Lenia Batres señaló que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización… además de que se atiende a la naturaleza de su carácter civil, en el entendido de que su fin último es reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”, haciendo referencia a un “mandato constitucional”.

La decisión tendrá implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. De acuerdo con lo resuelto, el pago por indemnización por muerte, que bajo el criterio de salarios mínimos podía ascender a más de 1.5 millones de pesos, ahora no podrá rebasar los 585 mil pesos.

Cabe destacar que en noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto de resolución, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.

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