sáb. Nov 23rd, 2024

El Instituto Federal de Defensoría Pública y un Tribunal Federal admitieron a trámite el recurso de inconformidad que interpuso Mario Aburto Martínez, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio Murrieta, por la decisión de una jueza que dio por cumplido un amparo que ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) investigar posibles acciones de tortura en su contra.

Su protesta fue canalizada presentada a través de la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos de la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) y el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal que lo admitió a trámite, todos adscritos a la estructura del Poder Judicial de la Federación (PJF)

Como se recordará, el 20 de marzo pasado, la Jueza Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Paloma Xiomara González, resolvió que se había cumplido el amparo que ordenó una investigación por posibles tratos crueles e inhumanos en contra del michoacano, a través de la Fiscalía Especializada en Investigación del Delito de Tortura.

El anterior titular de ese juzgado, Antonio González García, ordenó a la FGR informar sobre los pendientes a desahogar en esa investigación, resolver el expediente en seis meses y dar seguimiento al caso e inscribir a Aburto Martínez en el Registro Nacional del Delito de Tortura (RENADET).

Tras la resolución de la jueza Paloma Xiomara González, quien el pasado 20 de marzo dio por cumplidos los puntos del amparo, el afectado solicitó presentar la impugnación respectiva, la cual fue admitida por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal.

En relación con los posibles actos de tortura en contra el asesino material de Luis Donaldo Colosio Murrieta, la FGR determinó el no ejercicio de la acción penal en febrero del presente año.

Al mismo tiempo, está pendiente otro amparo del sentenciado para resolver si ya puede obtener su libertad al haber cumplido 30 años en prisión, luego de que se planteó que debió ser juzgado con el Código Penal de Baja California y no con el Código Penal Federal, que establece 45 años de cárcel para el delito de homicidio. 

Nota de Abel López Jiménez.

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