mié. Jun 17th, 2026

Ciudad De México, 17 de junio de 2026.- Un análisis histórico y legal sobre el navío español ‘Oriflame’, hundido en 1770 frente a las costas de Chile, establece que el cargamento perdido pertenece legítimamente al Estado español. Según el estudio titulado ‘El navío Oriflame: un tesoro cultural hundido frente a las costas de Chile’, elaborado por Vicente Ruiz García, asesor de la Cátedra de Historia y Patrimonio Naval, la carga “pertenecía a la Real Hacienda de la monarquía de Carlos III de España y de que no existe ninguna evidencia para que terceros puedan reclamar este cargamento”.

El experto señala que “el heredero legítimo del tesoro hundido y de la mayor y más preciada carga del pecio naufragado en la región de Maule (Chile) sería, en caso de rescate, el Estado español”. Esta conclusión surge tras rastrear la historia del buque, que originalmente fue un navío de guerra francés de 54 cañones botado en Tolón en 1744 y que participó en la batalla de Cartagena de Levante en 1758.

La investigación detalla que la embarcación fue capturada por los ingleses en 1761 y posteriormente adquirida en Gibraltar por el comerciante José Villanueva y Pico, quien la convirtió en un mercante para la Carrera de Indias. Aunque fue rebautizado como ‘Nuestra Señora del Buen Consejo y San Leopoldo’, conservó el alias de ‘Oriflame’. Tras un primer viaje comercial en 1763, la nave fue comprada en 1765 por la casa comercial Uztáriz Hermanos y Compañía.

El 18 de febrero de 1770, el barco zarpó del puerto de Cádiz con destino al Callao, en el virreinato del Perú, bajo el mando del capitán Joseph Antonio de Alzaga. A bordo viajaban 176 personas entre tripulación y pasaje. La nave transportaba 1.478 cajones con cristalería de la Real Fábrica de la Granja de San Ildefonso de Segovia, además de joyas y otros objetos valiosos. Todos los tripulantes fallecieron en la catástrofe y las cajas nunca fueron recuperadas.

En 2005, una empresa cazatesoros anunció haber localizado el lugar del hundimiento e intentó extraer la carga, pero la justicia chilena denegó el permiso. Respecto al estatus legal del barco, el documento recuerda que, según el artículo 32 de la Convención de la Unesco, los barcos de guerra hundidos pertenecen a los Estados, mientras que los comerciales no necesariamente. Sin embargo, Vicente Ruiz García matiza que, aunque el heredero del tesoro sería España, el “pecio pertenece a la Humanidad”.

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