Ciudad De México, 22 de abril de 2026.- El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México dictó sentencias condenatorias en contra del diario unomasuno por haber negado el derecho de réplica promovido por Carlos Alberto Torres Torres. El juez Hugo Roberto Pérez Lugo determinó que el actor cumplió con los requisitos legales para ejercer su derecho y que el medio de comunicación incumplió con su obligación de rectificar la información publicada.
Las sentencias, firmadas el 16 de abril de 2026 por el juez Pérez Lugo y la secretaria Ximena Betzabe López Dávila, condenan al diario a publicar íntegramente el reclamo de Torres Torres. La resolución establece que la rectificación deberá realizarse con el mismo despliegue en su edición impresa y plataformas digitales.
Además de la publicación, el juzgador impuso al diario el pago de sendas multas consistentes en 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigentes en la fecha del pago, cantidad que asciende a 58 mil 655 pesos. La empresa editorial también deberá absorber todos los gastos derivados del proceso legal.
Los procedimientos se relacionan con notas publicadas por el diario en octubre y noviembre de 2025. Uno de los textos, difundido el 18 de octubre de 2025, llevaba por título ‘Carlos Torres, esposo de la gobernadora de BC, cuenta con orden de aprehensión en EE. UU.’. El otro juicio civil fue promovido por una nota del 10 de noviembre de 2025 titulada ‘Investigaciones a esposo y cuñado de Marina del Pilar Ávila incluyen huachicoleo y lavado de dinero’.
Según las fuentes, el juzgador determinó que el medio difundió información no verificada y carente de sustento fáctico, así como de certeza y hechos comprobados. Mientras que algunas versiones señalan que el caso se centró en la negativa sistemática para otorgar el derecho de réplica, otras indican que el fallo acreditó que Torres fue víctima de difamación y demostró que no enfrenta juicio alguno por los delitos atribuidos.