sáb. Nov 23rd, 2024

Luego de las autoridades federales  y estatales vulneraron los derechos humanos de familias migrantes, al ordenar la demolición del albergue que habitaban en Reynosa, Tamaulipas, el juez federal Juan Fernando Alvarado López, les concedió la protección de la justicia federal al grupo de indefensos indocumentados y ordenó a las autoridades reubicarlos a un lugar digno y seguro.

De esa manera, el Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas reconoció que las autoridades vulneraron el derecho humano de los migrantes a ser trasladados a un lugar digno y seguro, establecido como una obligación y responsabilidad reconocidas a nivel internacional, luego de ordenar la demolición del albergue “Senda de Vida” en el que se encontraban. 

Alvarado López recordó que las personas migrantes tienen reconocidos sus derechos humanos sin importar su estatus migratorio y no deben sufrir ningún tipo de discriminación. 

De esa forma, ordenó a diversas autoridades municipales de Reynosa, Tamaulipas, así como a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y a la Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y los Estados Unidos, con sede en Reynosa, que reubiquen a esas en un lugar digno y seguro.

Al resolver el juicio de amparo indirecto 958/2021, promovido por migrantes en representación de sus hijas e hijos menores de edad, el juzgador señaló que, tras la orden de desalojo y demolición del inmueble ubicado sobre el Bordo del Río Bravo, las familias que ahí se encontraban quedaron en situación de vulnerabilidad.

En la sentencia, señaló que conforme a los estándares internacionales “no es admisible que el Estado Mexicano limite unilateralmente su jurisdicción para dejar fuera de su protección a personas que en realidad se encuentran bajo su resguardo, pues independientemente de su estatus migratorio tienen reconocidos sus derechos humanos y, por tanto, no deben sufrir ningún tipo de discriminación”.

El juzgador también recordó que existen diversas formas en las que los migrantes pueden permanecer en el país, tales como visitante, residente temporal y residente permanente, y para ello deben cumplir con los requisitos que establece el marco normativo nacional y deben ser tramitadas ante el Instituto Nacional de Migración (INM).

Las familias migrantes, de nacionalidad hondureña y salvadoreña, solicitaron el amparo y la protección de la justicia federal en contra de actos del titular de la Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Estados Unidos, con sedes en Ciudad Juárez, Chihuahua y en Reynosa, Tamaulipas, así como de autoridades municipales de esta última ciudad, entre otras.

Indicaron que, en el desalojo del inmueble, no existió un juicio de por medio que cumpliera con las formalidades esenciales del procedimiento, ni un mandamiento escrito de la autoridad que fundara y motivara las razones del desalojo y demolición del inmueble. Por estas razones, el juzgador Juan Fernando Alvarado López, resolvió a su favor. 

Nota de Abel López Jiménez.

 

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