Por Redacción
Ciudad de Mexico, 25 de agosto de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió atraer un recurso de revisión para determinar la legalidad de la huelga en el Nacional Monte de Piedad (NMP), movimiento que cumplirá un año en octubre próximo. El estudio del máximo tribunal se centrará en resolver si es válido declarar la ‘inexistencia’ del conflicto laboral por incumplir los estatutos internos del sindicato, como determinó un juez de distrito, o si dicha decisión solo puede sustentarse en las tres causas previstas en el artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo.
A propuesta del presidente del tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, y la ministra Estela Ríos, el pleno ejerció ayer su facultad de atracción sobre el amparo en revisión 33/2026, promovido por el Sindicato Nacional de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad. La resolución se aprobó por mayoría de ocho votos contra uno; la única ministra que votó en contra de atraer el expediente fue Loretta Ortiz.
El caso llegó a la Corte en mayo pasado por conducto del séptimo tribunal colegiado en materia de trabajo, a solicitud del propio sindicato. Esto ocurrió después de que, hace tres meses (febrero), un juez de distrito otorgara un amparo a la administración y declarara ‘inexistente’ la huelga que se mantiene en las 300 sucursales de la institución.
Arturo Zayún, dirigente del gremio, consideró que la decisión del juez de distrito ‘carece de sustento’. El líder sindical recordó que en el recuento realizado en noviembre de 2025, solicitado por la propia institución, 75.2 por ciento de los trabajadores votaron a favor de mantener la huelga ante violaciones a su contrato colectivo. En ese proceso, el Tribunal Federal Laboral de Asuntos Colectivos calificó el paro como legalmente existente: de mil 893 empleados con derecho a voto, mil 408 lo hicieron a favor y 460 en contra.
En entrevista, Zayún señaló que, en paralelo al proceso jurídico, se ha avanzado en ‘Un primer bloque, que son las pretensiones’ planteadas por el NMP, quedando pendiente que el patronato cumpla los compromisos establecidos en dos reuniones ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para solucionar el conflicto. Por su parte, integrantes del sindicato minoritario del NMP lamentaron la decisión de la Corte, ya que implicará que el conflicto se alargue.