Por Redacción
Ciudad De México, 20 de marzo de 2026.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) absolvió a Pío Lorenzo López Obrador de las acusaciones de realizar aportaciones ilegales a la campaña presidencial de su hermano, Andrés Manuel López Obrador, en 2018. La resolución, emitida el miércoles 18 de marzo, pone fin al litigio iniciado en agosto de 2020 tras quejas presentadas por el PAN y el PRD en contra de Morena, Pío López Obrador y David León.
El origen del caso se centró en un video donde aparecía el hermano del entonces candidato recibiendo dinero, material que fue utilizado como prueba principal por los partidos opositores. Sin embargo, el tribunal desestimó las imputaciones. Según lo señalado por Pío López Obrador, los periciales realizados por la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales mostraron alteraciones en dichos videos, lo que restó validez a la evidencia presentada en su contra.
En el proyecto de sentencia, la magistrada Mónica Soto estableció los criterios para la resolución. Además de cerrar este caso específico, el TEPJF determinó un precedente importante al establecer que las conversaciones privadas, como los mensajes de WhatsApp, no podrán ser admitidas como prueba en juicios electorales. Esta decisión también derivó en el cierre de un caso relacionado con violencia política de género que se encontraba vinculado al mismo expediente.
La controversia legal se mantuvo activa durante casi seis años, involucrando al Instituto Nacional Electoral (INE) y a figuras como Federico Döring. Con esta sentencia definitiva, la autoridad electoral concluye que no existieron violaciones a la normativa de financiamiento político por parte de los implicados en las quejas originales.
La absolución llega en un contexto donde anteriormente Andrés Manuel López Obrador había señalado que las contribuciones a su campaña fueron voluntarias. La decisión del tribunal pone punto final a las implicaciones legales que pesaban sobre Pío López Obrador desde el proceso electoral de 2018, sin que se registraran declaraciones oficiales del expresidente sobre este fallo específico en los días inmediatos a la resolución.